Herramienta de Daños y Perjuicios

Calculadora de Indemnización por Accidente de Tránsito

Estimá el monto indemnizatorio que te corresponde reclamar a la compañía de seguros por secuelas físicas, daño psicológico, daño moral y gastos médicos tras un choque vial en Argentina.

S.E.u.O. · Fórmulas judiciales actuariales · Cobro a resultado sin adelantos

Estimación de Daño Físico, Psicológico y Moral

Fórmula actuarial de valor presente de ingresos futuros (Art. 1746 CCCN). No incluye daños materiales del rodado (chapa y pintura).

📊 Metodología actuarial de los tribunales judiciales:

Factor = [1 − (1 + r)^(-meses)] / r (con tasa pura de descuento del 6% anual y vida productiva hasta los 65 años).
Daño Físico = Ingreso mensual × % incapacidad física × Factor.
Daño Psicológico = Ingreso mensual × % incapacidad psicológica × Factor.
Daño Moral / Extrapatrimonial = Estimado entre el 30% y 50% de los daños patrimoniales.

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Salario de bolsillo o ingresos demostrables al momento del choque.
Años cumplidos a la fecha del siniestro.
Determinado por perito médico traumatológico / legista.
Secuelas como estrés postraumático, fobia a manejar o duelo (podés ingresar 0).
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Medicamentos, estudios de imágenes, kinesiología, prótesis y traslados.

CUIDADO CON LAS OFERTAS DE LAS ASEGURADORAS: La compañía de seguros del responsable intentará contactarte rápidamente para ofrecerte un monto menor a cambio de que firmes un recibo cancelatorio definitivo. Nunca firmes sin una evaluación pericial previa de tu incapacidad física y psicológica. Nuestro estudio cobra únicamente a resultado cuando cobrás vos.

Reclamar con un Abogado Especialista

Guía Jurídica: ¿Cómo reclamar la indemnización por accidente de tránsito en Buenos Aires?

Tras sufrir un siniestro vial como conductor, acompañante, peatón, ciclista o motociclista, el damnificado tiene el derecho legal de exigir la reparación integral de todos los perjuicios ocasionados por el conductor culpable y su respectiva compañía aseguradora (conforme al Art. 1746 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación).

1. Incapacidad Sobreviniente (Física y Psicológica)

Es la disminución transitoria o permanente de las aptitudes físicas o mentales de la persona, tanto en el ámbito estrictamente laboral como en su vida de relación, social, deportiva y familiar. Los juzgados de San Nicolás, Zárate, Campana, Pergamino y Dolores aplican fórmulas matemáticas como "Méndez c/ MyL" o "Vuotto" para determinar el capital amortizable necesario para producir una renta periódica equivalente a la pérdida patrimonial sufrida.

2. Daño Moral o Extrapatrimonial

El dolor, la angustia, el padecimiento espiritual y la alteración profunda del proyecto de vida causados por el accidente constituyen un daño resarcible independiente. En la práctica jurisprudencial de la Provincia de Buenos Aires, suele fijarse entre el 30% y el 50% del monto concedido por incapacidad psicofísica.

3. Gastos de Atención Médica, Farmacia y Traslados

Los jueces presumen procedentes los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado en la medida en que se correspondan con la naturaleza y gravedad de las lesiones padecidas, incluso cuando no se cuente con la totalidad de los tickets o facturas fiscales.

Pasos clave que debés seguir inmediatamente tras el accidente:

  • Pedir asistencia médica de urgencia: Dejar constancia formal en la historia clínica del hospital o clínica de todas las dolencias, golpes y traumatismos.
  • Efectuar la denuncia policial o penal: Si hubo lesionados, se inicia una IPP (Investigación Penal Preparatoria) por lesiones culposas.
  • Hacer la denuncia ante tu seguro: Tenés un plazo perentorio de 72 horas hábiles.
  • No negociar solo con el seguro del culpable: Los liquidadores de siniestros tienen como objetivo empresarial pagar la menor cifra posible. Con el patrocinio de Balado Abogados, llevamos el caso a mediación judicial prejudicial (Ley 13.951) y obtenemos el valor real que te corresponde.

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