Guía Legal: ¿Cómo se cuentan los plazos en días hábiles administrativos en Argentina?
En el derecho administrativo argentino, la regla general para la interposición de descargos, recursos jerárquicos, vistas de expedientes y trámites ante la Administración Pública Nacional (Ley 19.549) y de la Provincia de Buenos Aires (Decreto-Ley 7647/70) es el cómputo en días hábiles administrativos.
Reglas del Cómputo Administrativo:
- Comienzo del plazo: El plazo se cuenta a partir del día siguiente al de la notificación formal de la cédula, resolución o carta documento.
- Días inhábiles excluidos: No se cuentan los sábados, domingos ni los feriados nacionales declarados por ley o por decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
- Feriados trasladables (Decreto 1584/2010): Cuando una fecha patria cae en día martes o miércoles, se traslada al lunes anterior; si cae en jueves o viernes, se traslada al lunes siguiente.
Diferencia con los días hábiles judiciales:
Muchos contribuyentes y justiciables confunden los días hábiles administrativos con los judiciales. En sede administrativa (AFIP/ARCA, ANSES, ARBA, ministerios), no existen las ferias judiciales de enero ni de julio, por lo que los plazos continúan corriendo normalmente durante esos meses salvo que el organismo emita una resolución expresa de feria fiscal.